Alojamientos turísticos deberán cumplir por ley con normativa accesible

22 febrero, 2019
2025 Lecturas

Desde marzo será obligatoria la implementación del Decreto 50 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, orientado a la igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Para facilitar la comprensión de la normativa y su implementación, Sernatur elaboró un didáctico documento orientado a los empresarios turísticos.

El Diario Oficial publicó el 4 de marzo del 2016 la modificación del Decreto Supremo 47, para que toda edificación existente ajustara sus instalaciones en un plazo máximo de tres años, con la finalidad de cumplir con las normas establecidas de accesibilidad.

El Decreto 50 establece que “todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como las edificaciones colectivas, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida”.

Al respecto, la Directora Nacional de Sernatur, Andrea Wolleter, comentó que “la actividad turística tiene que considerar la cadena de accesibilidad, desde que las personas puedan entrar, circular, usar, informar y salir de un espacio turístico de manera segura, cómoda, autónoma e independiente. El llamado es a que las empresas del sector turismo faciliten la experiencia turística a personas en situación de discapacidad, movilidad reducida, adultos mayores y familias, y que promuevan la inclusión social de manera transversal”.

En relación al Decreto 50, la autoridad de turismo aseguró que “es un avance importante en materia de turismo accesible, ya que desde marzo de 2019 todo edificio destinado al hospedaje de personas como hoteles, residenciales, pensiones o similares, deberán cumplir con las normas generales de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. En virtud de ello es que Sernatur, con el apoyo del Minvu, elaboró un documento para aclarar la aplicación del decreto en materia de accesibilidad y su exigencia para equipamientos del área turística”.

El documento llamado “Orientaciones Técnicas de Referencia Ordenanza OGUC Decreto 50”, es un primer acercamiento técnico, de manera sencilla y gráfica, de lo que representa la normativa y de lo que los empresarios turísticos deben cumplir a partir de marzo. Además, detalla los artículos más importantes que rigen a las edificaciones ligadas al turismo.

Es importante recalcar que esta es solo una guía de orientación enfocada en el capítulo 9, dirigido a hoteles, residenciales, hogares y hospederías; por esto se recomienda revisar la OUGC e identificar cómo se clasifica cada inmueble, ya que dependiendo de ello es la exigencia de accesibilidad que se establece.

Quizás te interese

Capital de la Navidad europea 2024 es Brno en Rep Checa
Viajes
1284 Vistas
Viajes
1284 Vistas

Capital de la Navidad europea 2024 es Brno en Rep Checa

dotnews - 21 noviembre, 2024

Falta menos de un mes para que se ilumine el árbol de Navidad en la plaza de la Libertad y…

Riviera Maya: un hotel sostenible para una experiencia inmersiva
Moda & Tendencias
1249 Vistas
Moda & Tendencias
1249 Vistas

Riviera Maya: un hotel sostenible para una experiencia inmersiva

dotnews - 19 noviembre, 2024

Una propiedad que cuenta con la distinción de “Cinco Diamantes” por parte de la American Automobile Association y que es…

Observatorio FiturNext: Reto 2025 sobre gestión sostenible de los alimentos
Trade & MICE
1206 Vistas
Trade & MICE
1206 Vistas

Observatorio FiturNext: Reto 2025 sobre gestión sostenible de los alimentos

dotnews - 18 noviembre, 2024

Rutas Gastronómicas Sostenibles de Extremadura, Hurtigruten Cruises y Too Good To Go son los proyectos premiados de esta edición en…

Deja un comentario